viernes, 24 de septiembre de 2010

¿Hay vida para una empresa tras un concurso de acreedores? Segun para quien....

Dos años y medio. Este es el tiempo que ha permanecido la inmobiliaria Martinsa-Fadesa en concurso voluntario de acreedores. Sin, embargo, la inmobiliaria que preside Fernando Martín ya ve la luz al final del túnel y el próximo 4 de enero de 2011 abandonará la suspensión de pagos.

Martinsa Fadesa protagonizó el mayor concurso voluntario de acreedores de la historia de España. La caída del gigante inmobiliario abrió la caja de Pandora para que otras constructoras e inmobiliarias se acogieran a esta figura jurídica, como Nozar y Habitat. 
 
A pesar de que “suspensión de pagos” suena amenazante (no olvidemos la última crisis en los mercados ante un posible default de Grecia) se puede sobrevivir a ella.

Así, el plan de la inmobiliaria Martinsa-Fadesa ya ha logrado la adhesión de más del 50% de sus acreedores a la nueva propuesta de convenio, que le permitirá resarcir sus deudas en ocho años, hasta el 31 de diciembre de 2019. Entre las entidades acreedoras que se han adherido están La Caixa, Caja Madrid, Caixa Galicia y el Banco Popular.

Así, dos años y medio después de que Martinsa-Fadesa protagonizara la mayor suspensión de pagos de España, con un pasivo de 7.014 millones de euros, la inmobiliaria que preside Fernando Martín firmará el 4 de enero de 2011 un convenio mediante el que durante cada uno de los dos primeros años —31 de diciembre de 2011 y de 2012— amortizará un 0,5% de su deuda y en el tercero será un 1%.

En la actualidad, el pasivo de la compañía asciende a 5.531 millones de euros, lo que supone una disminución de 281 millones en los últimos seis meses. De esa cifra total, 5.270 millones son deudas contraídas con entidades financieras, lo que significa una reducción de 106 millones respecto al 31 de diciembre pasado.
¿Qué es el concurso de acreedores y cómo salir de él?
 
El concurso de acreedores es una figura jurídica por la cual las empresas/familias/Estados a punto de ser insolventes se acogen permitiéndoles el pago de los créditos. Es necesario evaluar si se trata de una situación que puede ser transitoria o no. Para Raimon Casanellas, presidente de los Economistas Forenses, si la empresa es viable, es la mejor opción, "antes que declararse en quiebra". "Sobre todo si se trata de empresas pequeñas". Y para ello recomienda negociar con sus acreedores para posponer el pago de la deuda, pagar sólo deuda y no intereses. 

La antigua suspensión de pagos no implica la desaparición de la empresa, Se trata de una fórmula pensada para permitir su continuidad. 
En esta situación, los trabajadores siguen cobrando a través de la compañía. Si no hay fondos, la plantilla cobraría del Fondo de Garantía Salarial hasta un máximo de lo que resulte de multiplicar el doble del salario mínimo diario, sin pagas extras, por el número de días pendientes, con un máximo de 120 días.
El concurso de acreedores tiene cuatro fases. Comienza la fase de insolvencia: a los dos meses de conocer su situación de insolvencia, el deudor puede pedir su declaración de concurso ante el juez. También puede anticiparse y pedir el concurso cuando crea que su imposibilidad de pagar será inminente. Deberá entregar una memoria con su historia económica y las actividades a las que se ha dedicado en los tres últimos años.

La declaración constituye la segunda etapa. El juez decide si procede o no la declaración de concurso. Si el total de deudas está por debajo de un millón de euros, se podrá seguir un procedimiento abreviado. Esto significa, entre otras cosas, que el juez sólo tendrá que nombrar un administrador concursal.
En la tercera fase, el administrador hace un informe con el importe exacto de las deudas y de los ingresos y el patrimonio del deudor. Se clasifican los créditos según las prioridades que marca la ley.

Por último, se tiene que llevar a un convenio entre los acreedores. En ella, por ejemplo, los acreedores pueden convenir en cobrar sólo el 50% de sus deudas. No se podrá beneficiarse de quitas superiores al 50% de lo que debe y además, deberán ejecutar el pago de la deuda que se determine en el convenio con los acreedores en un plazo inferior a cinco años.
Hasta que no se alcance un acuerdo, el particular no podrán realizar ninguna transacción con sus bienes. También queda liberado por el momento de todo pago de deuda y de los intereses correspondientes.
Para Casanellas "para que un concurso de acreedores tenga éxito se tiene que darse dos cuestiones. La primera, anticipación suficiente. No declararse en suspensión de pagos cuando la deuda sea elevada. Y la segunda planificación suficiente y tener un plan de viabilidad económico, ya que permite el pago del 50% de la deuda y un plazo máximo de 5 años".

Para finalizar, el Refor recomienda que antes de declararse en concurso de acreedores negocie y sea el juez el último en intervenir, ya que además de los costes económicos que tiene esta figura jurídica existen otros relacionados con la imagen de la empresa y la confianza que pueden ser más difíciles de recuperar.

 Para terminar, el presidente del Refor recuerda que sólo el 5% de las empresas declaradas en concurso voluntario de acreedores vuelven a retomar su actividad.

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